Si aplica, están disponibles los montos desagregados de las dietas que corresponden para los miembros de los órganos colegiados.
El pago de Dietas es un concepto extra salarial, de naturaleza indemnizatoria o compensatoria, de carácter irregular. Dicho monto se desprende de la Ley 7138 de Presupuesto Extraordinario, artículo 60. Y la actualización del monto, se realiza cada año con base a la inflación del año inmediato anterior.
Para mayor información puede digirse al Programa Gestión Financiera.
Entre las instancias que se les reconoce este concepto son las siguientes:
- Consejo Universitario.
- Se le reconoce únicamente a la representación estudiantil, cuyo monto de la dieta para el año 2023 es de ₡51.630,61 por sesión.
- Órganos desconcentrados: el monto de la dieta para el año 2023, es de ₡38.722,96 por sesión.
- Tribunal Electoral.
- Hostigamiento Sexual.
- Consejo Editorial.
- Tribunal de Apelaciones.
- Junta de Becas.
- Carrera Académica.
- Carrera Administrativa.
- Certamen UNA Palabra.
- CONSACA (únicamente se reconoce el pago de dietas a la representación estudiantil).